Información pública
Información pública de audiencia, expropiaciones, estudios y proyectos
Proyecto de Reglamento de Determinación de los Cánones Ferroviarios. Cumplimiento del trámite de publicidad activa previsto en los artículos 5.4 y 7.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
Trámite de audiencia sobre la propuesta de Reglamento de Determinación de los Cánones Ferroviarios
El artículo 96.1 de la Ley 38/2015, del Sector Ferroviario (SF), dispone que la utilización de las infraestructuras ferroviarias e instalaciones de servicio de titularidad de los administradores generales de infraestructuras ferroviarias dará lugar a la percepción de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario reguladas en los artículos 97 y 98 de dicha ley, que recibirán el nombre de cánones ferroviarios. Su determinación, se llevará a cabo por los administradores de infraestructuras ferroviarias siguiendo lo establecido en el artículo 100 y se aprobará mediante un reglamento adoptado por su Consejo de Administración que deberá ser publicado en el “Boletín Oficial del Estado” e incorporado a la Declaración sobre la Red. Por otro lado, el artículo 100.2 de la ley dispone, en cuanto al procedimiento para la aprobación de la propuesta de reglamento de determinación de los cánones ferroviarios, sus modificaciones anuales y revisiones excepcionales, que la propuesta será publicada en el portal web del administrador de infraestructuras con objeto de dar audiencia, durante un plazo no ampliable de quince días naturales, a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, se establece que, durante este mismo plazo de quince días naturales, la propuesta se consultará con los obligados al pago de los cánones, de acuerdo con los artículos 97.2 y 98.2, y con las comunidades autónomas, que podrán remitir el correspondiente informe antes de que concluyan los referidos quince días. En virtud de lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100.2 de la Ley 38/2015, la Presidencia de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), ha adoptado la siguiente resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 100.2:
Fecha de publicación: 16 de diciembre de 2024
Información pública de estudios y proyectos técnicos
Información pública de expropiaciones
Información pública de evaluación de impacto ambiental ordinaria
Información pública de proyectos y estudios de impacto ambiental